NOTA DE LA ASESORIA JURÍDICA

Cuadro de texto: 09.09.02
JUR.-F- 09/02

Cláusulas de distribución del coste y los gastos del transporte entre el remitente

y el destinatario, distintas de los INCOTERMS, en el ámbito de los

TRANSPORTES MULTIMODALES

 

 

En el ámbito de los transportes multimodales, sobre todo los internacionales, que son la inmensa mayoría, existen unas cláusulas, distintas de los INCOTERMS (International Trade Terms), para distribuir el coste y los gastos del transporte entre el remitente y el destinatario. 

 

No obstante, y antes de entrar en detalle sobre dichas cláusulas, hay que hacer una precisión previa, cual es la de que en el transporte multimodal, que es el que se realiza a través de dos o más modos de transporte diferentes, los contenedores no sólo constituyen el embalaje de las mercancías  sino el sistema que facilita su transporte, sin ruptura de carga, de uno a otro modo de transporte. 

 

Normalmente, esta clase de transporte es el que resulta de la combinación del transporte ferroviario con el transporte por carretera (rail-route), o del transporte marítimo o fluvial con cualquiera de las dos modalidades de transporte de superficie antes mencionadas.  Independientemente de que puedan aplicarse a dicha clase de transportes las cláusulas sobre distribución de costes y gastos propios de aquel de los diversos modos intervinientes que tenga el papel más relevante, en el transporte por vía marítima de contenedores existen unas cláusulas específicas derivadas de la forma en que se haya pactado la utilización del contenedor, entre las que cabe resaltar las siguientes:

 

-          “FCL/FCL” (“FULL CONTAINER LOAD/FULL CONTAINER LOAD”).  Significa que el llenado y vaciado del contenedor va a ser efectuado por el cargador y el destinatario, respectivamente, corriendo de su cuenta y cargo los gastos que ocasionen dichas operaciones.

 

 

 

 

-          “LCL/LCL”  (“LESS THAN CONTAINER LOAD/LESS THAN CONTAINER LOAD”).  En este supuesto, en el que el contenedor acostumbra a pertenecer a las empresas porteadoras o a los operadores de transporte multimodal (OTM), el llenado y vaciado suele efectuarse por tales empresas u operadores, o por su cuenta, percibiendo por ello el llamado “LCL service charge”.

 

Asimismo, existen las variantes FCL/LCL y LCL/FCL en las que el llenado y vaciado del contenedor corresponderá al operador de transporte multimodal o a la empresa porteadora, o al cargador/destinatario, según la combinación de siglas utilizada.

 

Independientemente de lo anterior, hay que indicar que el cálculo del flete para las mercancías containerizadas también varía en función de las condiciones FCL o LCL acordadas.

 

Por último, señalar que el INCOTERM más apropiado para el transporte multimodal es el FCA (FRANCO TRANSPORTISTA ... lugar convenido) y que en cambio no debería utilizarse, como muchas veces se hace, el término FOB  (FRANCO A BORDO ... puerto de carga convenido), ya que la entrega de la mercancía al porteador u operador de transporte multimodal en el transporte containerizado no se efectúa en el momento que sobrepasa la borda del buque.

 

 

     Manuel Mª Vicens Matas

Secretario y Asesor Jurídico FETEIA

 

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-          Aéreos.                      (Circular JUR.-F- 08/02, 17 julio)

-          Marítimos.                  (Circular JUR.-F- 06/02, 26 Junio)

-          Por Ferrocarril.           (Circular JUR.-F -05/02, 10 junio)

-         Por Carretera.                        (Circular JUR.-F -03/02, 30 abril)